Asociarse
Podrán afiliarse a FEUA
Las personas que cuenten con la siguiente condición:
Ser trabajador dependiente y tener contrato laboral vigente con FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL AREA ANDINA y que sus pagos se realicen a través de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA.
Deberes de los Asociados
Son deberes fundamentales de los asociados:
a) Adquirir conocimientos sobre los objetivos, características y funcionamiento de los Fondos de Empleados en general y de FEUA en particular
b) Conocer los Estatutos y las reglamentaciones generales de FEUA.
c) Cumplir las obligaciones derivadas de su vinculación con los FEUA.
d) Aceptar y cumplir las decisiones de los organismos de dirección, administración y control.
e) Comportarse con espíritu solidario en sus relaciones con FEUA y con los asociados del mismo.
f) Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de FEUA.
g) Acreditar educación en economía solidaria con intensidad de veinte (20) horas o comprometerse a recibirla dentro de los sesenta (60) días calendario, siguientes a su admisión.
h) Usar adecuadamente los servicios de FEUA.
i) Desempeñar con diligencia y eficacia los cargos y comisiones que le hayan sido encomendados.
j) Cumplir los demás deberes que resulten de la Ley, el Estatuto y los reglamentos.
Derechos de los Asociados
a) Utilizar o recibir los servicios de FEUA y realizar con él las operaciones contempladas en el presente Estatuto
b) Participar en las actividades de FEUA y en su administración, control y vigilancia mediante el desempeño de cargos para los cuales sea nombrado.
c) Ser informado de la gestión de FEUA, de acuerdo con las prescripciones estatutarias, reglamentarias y de la Asamblea General de asociados.
d) Ejercer actos de decisión y elección en las Asambleas Generales, o de Delegados, en condiciones que garanticen la igualdad de los asociados, sin consideración a sus aportes, en los eventos previstos en el presente Estatuto.
e) Fiscalizar la gestión de FEUA por medio de los órganos estatutarios de control o revisión de libros, Estados Financieros, archivos y demás documentos pertinentes en la oportunidad y con los requisitos que prevean el Estatuto y los Reglamentos.
f) Retirarse voluntariamente.
g) Las demás que resulten de la Ley, el Estatuto y Reglamento
Convenios














